2024 Segundo Trimestre
Ley General de Transparencia: Art 66. Los sujetos obligados deberán publicar en el portal de internet referido, la información siguiente
II. Su estructura orgánica completa, en un formato que vincule cada área con las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público. Así también, deberá señalar, en su caso, a los prestadores de servicios profesionales; (Ref. P. O. No. 6, 25-I-16)
III. Las atribuciones, metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas operativos;
VII. Los tabuladores de remuneraciones, que deberán indicar la remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración; (Ref. P.O. No. 6, 25-I-16)
VIII. Los tabuladores de los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente; (Ref. P.O. No. 6, 25-I-16)
IX. El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa; (Ref. P.O. No. 6, 25-I16)
- Manifestación Ana Victoria
- Manifestación Ángel
- Manifestación Aurelio
- Manifestación Cristhian
- Manifestación Jaquelinne
- Manifestación José Luis
- Manifestación Juan Carlos
- Manifestación Luis Fernando
- Manifestación Marco
- Manifestación Mario
- Manifestación María Dolores
- Manifestación Marcela
- Manifestación Martha
- Manifestación Nancy
- Manifestación Raúl
- Manifestación Viridiana
- Manifestación Verónica
- Manifestación Yadira
- Regina Baja
XIV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:
- Área.
- Denominación del programa.
- Periodo de vigencia.
- Diseño, objetivos y alcances.
- Metas físicas.
- Población beneficiada estimada.
- Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal.
- Requisitos y procedimientos de acceso.
- Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana.
- Mecanismos de exigibilidad.
- Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones.
- Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo.
- Formas de participación social.
- Articulación con otros programas sociales.
- Reglas de operación o su equivalente.
- Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas.
- Padrón de beneficiarios que contendrá: nombre o denominación social de las personas físicas y morales beneficiarias, el monto del recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, en su caso, edad y sexo.
XV. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal, así como los recursos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos
- Curriculum Ana Victoria
- Curriculum Ariana
- Curriculum Ángel
- Curriculum Aurelio
- Curriculum Cristhian
- Curriculum Fernando
- Curriculum Jaquelinne I.
- Curriculum José Luis Peña
- Curriculum Juan Carlos
- Curriculum Karla Verónica
- Curriculum Marcela
- Curriculum María Dolores
- Curriculum Mario
- Curriculum Martha
- Curriculum Nancy
- Curriculum Raúl
- Curriculum Viridiana
- Curriculum Yadira
XX. La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable;
XXII. Los montos destinados a gastos de comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña;
XXVII. La información sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, debiendo contener, por lo menos, lo siguiente:
- a) De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:
- La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo.
- Los nombres de los participantes o invitados.
- El nombre del ganador y las razones que lo justifican.
- El Área solicitante y la responsable de su ejecución.
- Las convocatorias e invitaciones emitidas.
- Los dictámenes y fallo de adjudicación.
- El contrato y, en su caso, sus anexos.
- Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda.
- La partida presupuestal correspondiente.
- Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva.
- Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración.
- Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados.
- El convenio de terminación.
- El finiquito;
- b) De las adjudicaciones directas:
- La propuesta enviada por el participante.
- Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo.
- La autorización del ejercicio de la modalidad.
- La cotización considerada.
- El nombre de la persona física o moral adjudicada.
- La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución.
- El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra.
- Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda.
- Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados.
- El convenio de terminación.
- El finiquito.
XXVIII. Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados
- Expedientes Enero – Junio 2020
- Expedientes Julio – Diciembre 2020
- Informe Anual de Actividades 2020 Enero – Septiembre
- Informe Anual de Actividades 2020 Octubre – Diciembre
- Informe Anual de Actividades 2021
- Informe Mensual de Expedientes Enero – Agosto 2021
- Informe Mensual de Expedientes Septiembre – Diciembre 2021
XXX. Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero
XXXIII. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión o propiedad
XXXIV. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención
XXXVI. Los mecanismos de participación ciudadana.
XXXVII. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos;
XXXVII. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos;
ACTA DE INSTALACION DEL COMITE DE TRANSPARENCIA PEPMADU
XXXIX. Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos
XLII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos.
XLIII. Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie;
XLIV. El catálogo de disposición y guía de archivo documental;
XLV. Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos.
XLVI. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público. Los sujetos obligados deberán informar a la Comisión cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que ésta verifique y apruebe, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.
XLVII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público. Los sujetos obligados deberán informar a la Comisión cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que ésta verifique y apruebe, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.