2023 Cuarto Trimestre

Ley General de Transparencia: Art 66. Los sujetos obligados deberán publicar en el portal de internet referido, la información siguiente

II. Su estructura orgánica completa, en un formato que vincule cada área con las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público. Así también, deberá señalar, en su caso, a los prestadores de servicios profesionales; (Ref. P. O. No. 6, 25-I-16)

  1. Reglamento PEPMADU Fracción II A
  2. Plantilla
  1. Organigrama PEPMADU

VII. Los tabuladores de remuneraciones, que deberán indicar la remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración; (Ref. P.O. No. 6, 25-I-16)

ACTA DE LA ONCEAVA REUNIÓN ORDINARIA TABULADOR

IX. El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa; (Ref. P.O. No. 6, 25-I16)

XIV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:

  1. Área.
  2. Denominación del programa.
  3. Periodo de vigencia.
  4. Diseño, objetivos y alcances.
  5. Metas físicas.
  6. Población beneficiada estimada.
  7. Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal.
  8. Requisitos y procedimientos de acceso.
  9. Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana.
  10. Mecanismos de exigibilidad.
  11. Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones.
  12. Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo.
  13. Formas de participación social.
  14. Articulación con otros programas sociales.
  15. Reglas de operación o su equivalente.
  16. Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas.
  17. Padrón de beneficiarios que contendrá: nombre o denominación social de las personas físicas y morales beneficiarias, el monto del recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, en su caso, edad y sexo.

XV. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal, así como los recursos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos

  1. Folleto Convenio Laboral 2015 – 2016 Fracción XV A 
  2. Reglamento interior de trabajo Fracción XV A
  3. Convenio laboral 2023

XXII. Los montos destinados a gastos de comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña;

XXVII. La información sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, debiendo contener, por lo menos, lo siguiente:

  1. a) De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:
  2. La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo.
  3. Los nombres de los participantes o invitados.
  4. El nombre del ganador y las razones que lo justifican.
  5. El Área solicitante y la responsable de su ejecución.
  6. Las convocatorias e invitaciones emitidas.
  7. Los dictámenes y fallo de adjudicación.
  8. El contrato y, en su caso, sus anexos.
  9. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda.
  10. La partida presupuestal correspondiente.
  11. Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva.
  12. Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración.
  13. Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados.
  14. El convenio de terminación.
  15. El finiquito; 
  16. b) De las adjudicaciones directas:
  17. La propuesta enviada por el participante.
  18. Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo.
  19. La autorización del ejercicio de la modalidad.
  20. La cotización considerada.
  21. El nombre de la persona física o moral adjudicada.
  22. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución.
  23. El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra.
  24. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda.
  25. Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados.
  26. El convenio de terminación.
  27. El finiquito.

1.- Acta junta de aclaraciones primera convocatoria

2.- Acta junta de aclaraciones segunda convocatoria

3.- Acta presentación de propuestas primera convocatoria

4.- Acta presentación de propuestas segunda convocatoria

5.- Convocatoria e invitaciones Primera convocatoria

6.- Convocatoria e invitaciones Segunda convocatoria

1.- Acta quinta sesión extraordinaria adquisiciones

2.- Acta sexta sesión extraordinaria adquisiciones

XXX. Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero

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XXXIV. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención

XXXVII. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos;

XXXVII. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos;

XXXIX. Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos

XLI. El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;

Jubilados

XLIII. Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie;

XLVI. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público. Los sujetos obligados deberán informar a la Comisión cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que ésta verifique y apruebe, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.

XLVII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público. Los sujetos obligados deberán informar a la Comisión cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que ésta verifique y apruebe, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.

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